En esta entrada queremos tratar el tema de los testamentos en caso de las parejas de hecho y cómo abordarlo con un buen abogado de herencias en Sevilla. Quienes deciden formalizar su relación con la pareja de hecho deben de tener en cuenta una serie de características de esta unión desde el punto de vista testamentario.
Aunque las parejas de hecho existen la legislación sobre este tipo de unión no es tan extensa como cabría esperar. Hay una seria de normas que tienen sus consecuencias en las parejas de hecho, las herencias y los testamentos.
Desde nuestra legislación, la pareja de hecho es una unión estable y de convivencia duradera entre dos personas que no han contraído matrimonio ni están dispuestas a hacerlo. Para que sea reconocible deberán de estar en el Registro de Parejas de Hecho.
Pero no hay mucha más legislación sobre la herencia y el testamento de este tipo de parejas en nuestro país. Cabe destacar que el poder legislador acabó derivándose en las comunidades autónomas, por lo que los derechos de los miembros de una pareja dependerán de la comunidad en la que nos encontremos.
Habrá que tener en cuenta que cada una de estas comunidades cuenta con un Registro de Parejas de Hecho, afectando a sus derechos cualquier tipo de cambio de residencia. Para que se reconozca el testamento y tal pareja deberá de inscribirse en el registro de la comunidad autónoma en la que residan.
Comunidades como Galia, Baleares, Cataluña y el País Vasco si equiparan los derechos de la pareja de hecho a los del matrimonio. Sin embargo, el resto no establecen nada concreto en relación con las herencias y las parejas de hecho.
Para poder redactar un testamento válido en el que no haya problemas a posteriori recomendamos acudir a un abogado de herencias en Sevilla con el objetivo de que todo se lleve a cabo conforme a la ley. La única manera de asegurarse de que tu pareja puede heredar es incluyéndola en el testamento. El testamento se deberá de hacer conforme a lo recogido en la ley, siendo en todo momento imprescindible la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.
Cabe recordar que la ley reconoce que los hijos de las parejas de hecho son hijos. Por lo que los derechos a la hora de heredar serán los mismos que aquellos hijos que provengan del matrimonio convencional.
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